Un contrato por lo general consiste en una oferta y su aceptación, la conclusión de los contratos está regulada por la Ley, en donde se estipula lo necesario en relación con la terminación de los contratos, autorizaciones y declaraciones de intenciones no válidas (contratos no válidos).
También contiene disposiciones generales sobre la oferta, la aceptación y el plazo de aceptación, y algunas otras disposiciones sobre cuándo se considerará que un acuerdo se ha finalizado, se establecen también normas sobre la validez de las declaraciones de intenciones que son inducidas por la fuerza, el fraude o la explotación, etc.
¿Cuáles son las características de un contrato?
Un contrato puede ser unilateral o bilateral, dependiendo de si sólo una o ambas partes tienen que pagar algo.
Un contrato «unilateral» generalmente se llama un acuerdo beneficioso, y un típico contrato beneficioso es un regalo. Los contratos mutuamente vinculantes (las dos partes se ven obligadas), por lo general se denominan contratos onerosos.
La mayoría de los contratos de todos los días son gratuitos: cuando se realiza una compra, por ejemplo, el vendedor debe pagar los bienes y el comprador debe pagar honorarios.
Los contratos deben cumplir determinadas condiciones de procedimiento para su validez, por ejemplo, que debe estipularse por escrito, con fecha, quiénes fueron los testigos, etc. Un ejemplo de aplicación es en la compra de bienes y la división de la propiedad, el diseño es legal.
Un contrato es por tanto, un acuerdo por el cual las personas (físicas o jurídicas) establecen una relación, algunos, especialmente los contratos de palabra, son más bien denominados acuerdos. Los contratos en el derecho internacional son llamados tratados. Sólo aquellos que tienen capacidad legal pueden celebrar contratos.
Los contratos orales y escritos son igualmente válidos, pero si usted tiene un documento firmado y fechado (y que contenga todas las disposiciones del contrato), aliviará aun más la carga de la prueba en relación con cualquier incumplimiento de contrato o sospecha de incumplimiento.
Con el fin de entrar en un contrato vinculante, reiteramos, se debe ser mayor de edad y no estar bajo tutela, a excepción de los contratos de algunos atletas deportivos.