El término mercantil proviene del latín mercari que quiere decir comprar, adquirir y comerciar. Mercantil deriva de la palabra mercante y el sufijo il, que significa que comercializa o está dedicado al tráfico de las mercancías.
Una sociedad mercantil es la persona jurídica con capacidad para realizar actos en el comercio de acuerdo a las reglas del Derecho Comercial. Tiene carácter nominativo y la obligación de aplicar aportes cuando quiere obtener su propósito económico.
Cuando se decide crear una sociedad mercantil dos o más personas mediante un contrato mutuo se comprometen y obligan a aportar, conjuntamente, para constituir el capital social de la compañía que transformarán en bienes con los cuales realizarán sus actividades comerciales. Los socios tienen derecho a las ganancias y también a las pérdidas que tenga la empresa.
Existe una diferencia entre la sociedad mercantil y una sociedad cooperativa, dependiendo de su naturaleza jurídica. Mientras las sociedades mercantiles tiene naturaleza lucrativa y persiguen obtener un mayor retorno de capital, las cooperativas son sociedades sin fines de lucro, que promueven el desarrollo social de sus asociados.
Tipos de sociedades mercantiles
Sociedad Anónima Ordinaria
Se conoce por sus abreviaturas S.A. En esta sociedad los socios no tienen que responder, de manera personal, por las deudas de tipo social. Tienen responsabilidad limitada. Queda constituida durante un solo acto por los que son socios fundadores, o también de manera sucesiva, por ofertas a otros o terceros. Todo dependerá de la cantidad de dinero que aporte cada socio. Debe tener como mínimo dos socios.
Sociedad Anónima cerrada
Tiene como abreviatura S.A.C. También se conoce como empresa privada. Este tipo de sociedad no cotiza en bolsas de valores. Es propiedad de quien la fundó o de un grupo reducido de personas a los que los primeros dueños les vendieron.
Este tipo de sociedad no tiene que revelar sus estados financieros , de manera pública. Pueden mantener sus registros de forma confidencial y no están regularizadas a través de bolsas de Comercio.
Sociedad Anónima Abierta
Su abreviatura es S.A.A. Sus valores y acciones deben estar inscritos en la Bolsa de Comercio y se ofrecen al público. Esta sociedad cuenta con unos 500 accionistas. Menos del 10 por ciento del capital corresponde a unos 100 accionistas. Sus socios han decidido, de forma voluntaria, seguir las disposiciones y normas de este tipo de sociedad.
Sociedad Comercial con Responsabilidad limitada
Tiene como abreviatura S.R.L. En esta sociedad el capital queda dividido con participación igualitaria, indivisible, pero acumulable. No se pueden incorporar en títulos con valor, ni recibir el nombre de acciones. Sus socios no pueden ser más de 20 y no responden de forma personal por obligaciones de tipo social.
Empresa Unipersonal
Está constituida por una persona jurídica o natural con cualidades para el comercio y que puede disponer de sus activos para una actividad o varias con carácter mercantil.
Sociedades personalistas
En este tipo de sociedad la gestión le corresponde, directamente, a los socios.
Sociedades capitalistas
En ellas lo importante es el aporte económico o capital que se realiza, independientemente de la identidad del socio, o persona que la constituye. Dentro de estas están la Sociedad Anónima, Sociedad por Acciones y la Sociedad de Responsabilidad Limitada, entre otras.
Sociedades Mixtas
En estas empresas se le concede la misma importancia al capital que se aporta, conjuntamente con las cualidades que de forma personal tienen los socios participantes en esta sociedad.
Sociedad Colectiva
En esta sociedad los integrantes actúan por medio de una razón social, donde los socios tienen una responsabilidad de tipo personal, ilimitada, subsidiaria, solidaria y también ilimitada, por las deudas sociales y por las obligaciones.
Sociedad limitada laboral
Es una sociedad con responsabilidad limitada en la cual la mayor parte del capital social, por lo menos el 51 por ciento, pertenece a los trabajadores. En esta sociedad los trabajadores prestan servicios de manera directa y personal a los obreros con los que guarda relación laboral.